Nosotros garantizamos el cumplimiento de los requisitos de la normativa de accesibilidad web y de aplicaciones móviles
En la Ley 11/2023, que transpone la European Accessibility Act y entrará en vigor en 2025, se define qué productos y servicios de las empresas del sector privado tienen que cumplir con los estándares europeos y españoles de accesibilidad.
Ahora, el nuevo Real Decreto 193/2023 especifica además que todos los sitios web y aplicaciones móviles de las empresas “de especial trascendencia económica” del sector privado, cuyo contenido se refiera a bienes y servicios a disposición del público, deben cumplir con la norma de accesibilidad UNE-EN 301549, que incluye los criterios de Nivel A y AA de las WCAG 2.1 para sitios web y aplicaciones móviles.
En caso de incumplimiento las empresas pueden afrontar multas, así como perder la posibilidad de poder optar a ayudas o subvenciones. No te arriesgues, ¡nosotros te ayudamos a revisar si cumples con la normativa!
Pero, ¿realmente cuáles son las empresas privadas que deben contar obligatoriamente con accesibilidad web?
Todos los titulares de sitios web o aplicaciones móviles del sector privado cuyo contenido se refiera a bienes y servicios a disposición del público incorporarán los criterios de accesibilidad establecidos en el Real Decreto 1112/2018:
“Las empresas que presten servicios al público en general de especial trascendencia económica que dispongan de páginas o sitios de Internet abiertos al público en general deberán garantizar su accesibilidad universal y consignar en ellos el grado de accesibilidad de sus bienes y servicios, así como de sus dependencias, instalaciones y procedimientos. Asimismo, deberán indicar si llevan a cabo alguna línea de acción o atención dirigida específicamente a personas con discapacidad.“
inSuit, con sus Servicios 360® y su Servicio Integral de Accesibilidad digital (SIA®), garantiza el cumplimiento de todos los requisitos de tu empresa en materia de accesibilidad digital. ¿Quieres saber más? ¡Contacta con nosotros!
En la Ley 11/2023, que transpone la European Accessibility Act y entrará en vigor en 2025, se define qué productos y servicios de las empresas del sector privado tienen que cumplir con los estándares europeos y españoles de accesibilidad.
Ahora, el nuevo Real Decreto 193/2023 especifica además que todos los sitios web y aplicaciones móviles de las empresas “de especial trascendencia económica” del sector privado, cuyo contenido se refiera a bienes y servicios a disposición del público, deben cumplir con la norma de accesibilidad UNE-EN 301549, que incluye los criterios de Nivel A y AA de las WCAG 2.1 para sitios web y aplicaciones móviles.
En caso de incumplimiento las empresas pueden afrontar multas, así como perder la posibilidad de poder optar a ayudas o subvenciones. No te arriesgues, ¡nosotros te ayudamos a revisar si cumples con la normativa!
Pero, ¿realmente cuáles son las empresas privadas que deben contar obligatoriamente con accesibilidad web?
Todos los titulares de sitios web o aplicaciones móviles del sector privado cuyo contenido se refiera a bienes y servicios a disposición del público incorporarán los criterios de accesibilidad establecidos en el Real Decreto 1112/2018:
“Las empresas que presten servicios al público en general de especial trascendencia económica que dispongan de páginas o sitios de Internet abiertos al público en general deberán garantizar su accesibilidad universal y consignar en ellos el grado de accesibilidad de sus bienes y servicios, así como de sus dependencias, instalaciones y procedimientos. Asimismo, deberán indicar si llevan a cabo alguna línea de acción o atención dirigida específicamente a personas con discapacidad.“
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